El expediente de regulación de empleo, ERE, es un procedimiento administrativo previsto en la
legislación española mediante el cual una empresa en crisis busca obtener que la Autoridad Laboral competente autorice la suspensión, la reducción de la jornada laboral o el despido de gran parte de sus trabajadores, procedimiento que se lleva a cabo en un marco garantista de los derechos laborales de los trabajadores.
El ERE puede iniciarse bien, por el empresario, o bien por los trabajadores a través de sus representantes legales, cuando consideran que la pasividad del empresario al iniciarlo les pueda causar un perjuicio mayor.
La tramitación de un ERE sólo podrá iniciarse si concurren las siguientes circunstancias previstas en la Ley:
- Desaparición de la personalidad jurídica de la empresa.
- Despido colectivo o suspensión del contrato de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción, cuando el objetivo sea mejorar la viabilidad de la empresa o ésta sea imposible.
- Suspensión o extinción del contrato por causas de fuerza mayor, es decir, circunstancias no previstas que impiden el desarrollo normal de la actividad como por ejemplo un incendio.
No obstante, no será necesaria la Autorización administrativa para despedir colectivamente en supuestos de declaración de quiebra o concurso de acreedores de empresario no comerciante, o bien supuestos de cese de actividad de la empresa por decisión judicial.
Una vez dictada la resolución del expediente de regulación de empleo la actuación de las partes será:
- La empresa:
- Extinguir los contratos de trabajo, haciendo efectivas las indemnizaciones fijadas. La indemnización será la pactada por el empresario y los representantes de los trabajadores, que nunca podrá ser inferior a la establecida por ley de 20 días de salarios por año de servicios hasta un máximo de 12 mensualidades.
- Recurrir contra la resolución dictada en caso de desacuerdo.
- Los trabajadores:
- Recurrir contra la resolución adoptada en caso de desacuerdo.
- Solicitar su Prestación por desempleo ante el Servicio Público de Empleo Estatal.